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¿Qué tenés que saber sobre las nuevas restricciones de acuerdo a cada sector?

El polémico y confuso decreto presidencial N° 4.990, publicado anoche, 14 de marzo, establece una serie de nuevas restricciones a causa del COVID-19, debido a la alerta roja sanitaria por elevada ocupación del sistema de salud. Acá te dejamos un resumen, divido por sectores, de lo que implica esta nueva normativa.

Lo más importante para entender este decreto, que se aplican medidas exclusivas a las localidades más afectadas por la elevada cantidad de contagios. Además, empieza a regir desde el jueves 18 de marzo y se extiende hasta el domingo, 4 de abril.

Ciudades con mayor cantidad de contagios: Asunción, Lambaré, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Villa Elisa, Guarambaré, Ñemby, Villarrica, Ciudad del Este, Caacupé, Hoenau, Caraguatay, San Bernardino, Caazapá, Encarnación, Coronel Bogado, Fram, San Juan Bautista, San Ignacio, Ayolas, Caapucú, Paraguarí y Pilar.

Para estos lugares, la circulación estará restringida a lo esencial de 20:00 a 05:00 y se permitirán solo clases virtuales. En los otros sectores del país, desde las 23:59 está prohibida la circulación. A continuación, se encuentran las restricciones de acuerdo a cada rubro.

Venta de comidas y bebidas

Los locales gastronómicos podrán operar dentro del horario establecido de acuerdo a cada ciudad.

Los deliverys podrán funcionar las 24 horas.

Las bebidas alcohólicas no podrán venderse ni distribuirse de 20:00 a 05:00.

Educación Escolar Básica y Media

En las localidades no citadas en la primera parte, las clases podrán ser todavía híbridas, entre las presenciales y virtuales, con el protocolo elaborado entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud.

En cuanto a las instituciones educativas que realizarán las clases de manera virtual, los docentes podrán acudir a las instituciones públicas para utilizar la infraestructura, proporcionar los materiales necesarios para los estudiantes, así como la entrega de kits escolares y otras actividades imprescindibles.

Las instituciones educativas del sector privado también podrán requerir la presencia física de los docentes para actividades necesarias.

Educación superior

Continuará con las clases en modalidad a distancia y semipresenciales. Exceptuadas las ciudades de alto contagio que solo pueden dar clases virtuales.

Con respecto a las clases prácticas y prácticas laboratoriales correspondientes al nivel superior, requeridas para la conclusión satisfactoria del año lectivo, se pueden realizar con un máximo de 20 personas.

En cuanto a los exámenes esenciales, tanto para el ingreso como graduación, defensas de tesis o equivalentes para la conclusión satisfactoria del año lectivo, podrán hacerse de manera presencial con la menor cantidad de posible de presentes, de hasta 50 personas distanciadas por lo menos a dos metros una de otra.

Eventos sociales

Los que se realicen espacios públicos y privados, en espacios destinados para el efecto, podrán hacerse con hasta 100 personas, con dos metros de distancia física.

Los encuentros en residencias particulares podrán realizarse con un máximo de hasta 12 personas, incluyendo el núcleo familiar que vive en el lugar.

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Los eventos sociales y corporativos tendrán una duración máxima de hasta cuatro horas.

No están permitidos los espacios bailables ni barras.

Trabajo

Aplicación de cuadrillas a los trabajos esenciales y no esenciales.

Quienes cumplan el horario de trabajo fuera del horario establecido en el artículo 1 (la restricción horaria de acuerdo a la ciudad), deberán portar documentación que así lo acredite y lo justifique, salvo casos de urgencia.

El sector público trabajará de lunes a viernes de 8:00 a 13:00, con una dotación mínima de funcionarios y en cuadrillas para atender en los servicios.

Actividad física

Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro personas.

Se permite la práctica deportiva de actividades de hasta cuatro personas, en locales habilitados para el efecto.

No se admiten las competencias deportivas en dichos locales.

Menores de 18 años y mayores de 60 años no podrán participar en actividades deportivas.

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Se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios, garantizando cuatro metros de distancia entre personas.

Clubes sociales y deportivos podrán operar sus locales con las mismas medidas dispuestas para las actividades y número de personas en otros espacios citados previamente.

Actividades culturales

Las actividades pertenecientes al nivel cultural y creativo y sus respectivos ensayos, prácticas y actividades de enseñanza podrán ser realizados con un aforo máximo de 75 personas. Debe haber dos metros entre los espectadores.

Las actividades culturales comprenden: obras teatrales, danza, circo y otras disciplinas afines; conciertos y festivales musicales; salas de cine; exposición de artes visuales, artesanías, colección de museos; bibliotecas y museos; librerías y galerías de arte; salas y auditorios para espectadores artísticos; salas de ensayo para artes escénicas; estudios de edición y grabación de música y video.

Así también abarca a: productoras audiovisuales, talleres del sector artesanal, institutos de enseñanza para disciplinas artísticas y servicios culturales a domicilio, para eventos privados con el cumplimiento estricto del protocolo.

Culto

En los cultos o actividades religiosas se permiten hasta 100 personas con distancia de dos metros en lugares cerrados y hasta 150 personas en espacios al aire libre, con el previo agendamiento y la aplicación del protocolo sanitario previsto para el efecto.

Impactos causados por el nuevo decreto

Tras las decisiones anunciadas ayer por el Ejecutivo, varios sectores se manifestaron públicamente en contra. Los grupos correspondientes al rubro de los locales gastronómicos y de las canchas sintéticas anunciaron públicamente que no van a acatar las nuevas medidas.

La Federación de Asociaciones de Padres de Instituciones Educativas del Paraguay también se pronunció en contra de suspender las clases presenciales por considerar que “no existe ninguna evidencia que permita relacionar el actual incremento de contagios con el retorno a las instituciones educativas”.

Este lunes, la viceministra de Hacienda, Carmen Marín, dijo que están analizando el refinanciamiento de deudas para los sectores afectados por las nuevas restricciones horarias y la posibilidad de postergar el pago de los servicios básicos.

A su vez, el ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, manifestó que están evaluando la posibilidad de permitir al sector gastronómico extender el horario de trabajo hasta las 00:00. “La recomendación es fase cero, pero eso tenemos que ir sopesando con otras medidas”, indicó en relación a la complicada situación epidemiológica del país.

Finalmente, sostuvo que dependerá del éxito de este decreto en la disminución de los contagios para que no se den más retrocesos. “Esperemos que no sea un fracaso, caso contrario necesariamente vamos a tener que ir recrudeciendo las medidas”, puntualizó.

Leé el decreto completo.

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