Durante la conferencia de prensa, este miércoles los integrantes del Ejecutivo manifestaron que solo se podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables, como salir del domicilio para la compra de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza.
Esta disposición es similar a la aplicada exactamente hace un año, durante la cuarentena total que inició el 20 de marzo y se extendió hasta el 3 de mayo del 2020.
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Las autoridades agregaron que quedan exceptuados los sectores que cumplen funciones impostergables, como salud pública y privada, supermercados, despensas y farmacias. De esta manera, quedan suspendidas todas las actividades de entretenimiento y ocio. Así como en el decreto anterior, las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas en el horario de 20:00 a 05:00 horas.
Por otra parte, el ministro de Salud, Julio Borba, confirmó que en nuestro país ya hay casos de la variante brasileña P1 del coronavirus, detectado en Manaos, Brasil. Sin embargo, las fronteras permanecerán abiertas para viajes esenciales.
Actividad física
Se permite la actividad física individual para todas las personas en espacios al aire libre hasta quinientos (500) metros de su vivienda.
Las actividades físicas individuales en espacios al aire libre realizadas por niños y niñas, deberán estar acompañadas al menos por una persona mayor de edad, evitando la interacción con otros menores fuera de su núcleo familiar inmediato, limitándose a la realización de actividad física.
Personas mayores de 60 años y personas con discapacidad que requieran de asistencia podrán ser acompañadas de una persona mayor de edad.
¿Viajes en Semana Santa?
Los hoteles y hospedajes permanecerán abiertos con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios, para el alojamiento de las personas que residen en el departamento y de las personas que realizaron reservas con anterioridad a la vigencia de este decreto, las 24 horas. No se permitirán aglomeraciones en áreas comunes ni la habilitación de espacios para eventos.
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones regulará todo lo relacionado al transporte público de pasajeros, que deberá prestar servicio las 24 horas en el área metropolitana. Se prohíbe la circulación de unidades de corta, larga y media distancia.
Es obligatorio el uso de mascarillas (tapabocas) en el transporte público
y el cumplimiento de las demás medidas sanitarias
Leé el decreto completo en este link.
El recrudecimiento de las restricciones se da debido al aumento sostenido de casos del COVID-19 en las últimas semanas, lo que al mismo tiempo significó la saturación de los hospitales, que en su mayoría quedaron sin camas para internación enlas unidades de terapia intensiva.
Asimismo, el ministro Julio Borba señaló que solo hoy se registraron unos 2.200 nuevos contagiados y 51 fallecidos por COVID-19, lo que ya se convierte en otra cifra récord de decesos en un día, desde el inicio de la pandemia en Paraguay.