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Esto debés saber sobre la modificación del octanaje en naftas, según Sedeco

La Secretaría de Defensa al Consumidor abrió sumario a emblemas privados por la presunta adulteración de la calidad de los combustibles, asimismo, pidió a las estaciones de servicio que pongan los nombres técnicos de las naftas en los precios, porque aseguran que están modificando el octanaje de los combustibles, aprovechando el desconocimiento de la ciudadanía. ¿Qué debés tener en cuenta al cargar combustible? Te contamos en esta nota.

Mientras se especula un nuevo aumento en el precio de los combustibles, tanto en Petropar como en los emblemas privados, la última información es que hay emblemas que estarían modificando el octanaje de sus naftas con el agregado de aditivos y alcohol.

En ese contexto, el titular de la Sedeco, Juan Marcelo Estigarribia, dijo en comunicación con RadioCast25 que emitieron una resolución con N° 1000 de año 2021 en la cual exigen a emblemas privados, la publicación de un cartel de precios y que además tengan los nombres técnicos de las naftas; no solo los nombres comerciales que cada emblema decide crear.

Estigarribia explicó que están vendiendo un octanaje superior al que está regulado en el mercado porque mezclan la nafta con alcoholes y aditivos y elevan el octanaje real, algo que no es ilícito, en sí, pero reconoció que sí existe la necesidad de que el consumidor tenga la información de que ese octanaje está modificado y que pertenece a la familia de cierto tipo de nafta.

El ministro de la Sedeco recordó que oficialmente las naftas están clasificadas por colores y nombres técnicos, la de 85 octanos (rojo), de 90 octanos (amarillo), de 95 octanos (azul) y de 97 octanos (verde).

Refiere que, en la práctica, existen proveedores de combustibles que mezclan una naftas con aditivos y alcoholes para elevar su octanaje.

“Hay una nafta de 90 octanos supuestamente, pero es una nafta de 85 octanos color rojo, que le cargan cinco octanajes más para llegar a 90, pero eso es hoy, pero no sabemos mañana o pasado, porque eso es volátil, el alcohol o el aditivo son volátiles, eso puede ir bajando de octanaje y llegar a los 85, que es el que está permitido, por eso ellos no entran en falta, porque están obligados a vender un octanaje mínimo”, explicó.

“De hecho nosotros no consideramos eso una estafa, por eso queremos combatir esto con información, que el consumidor sepa qué tipo de combustible tiene que cargar”, subrayó.

¿Qué puede hacer el consumidor?

El consumidor debe prestar atención a lo que le están cargando a su vehículo. Al respecto, indicó que lo más fácil que los consumidores pueden notar es el color de la nafta, para saber si es realmente la que solicitó o fue modificada.

En ese contexto, el ministro de la Sedeco pidió al consumidor que no se deje llevar por el nombre comercial de la nafta, porque induce a un error, pero alegó que estos nombres lastimosamente tiene propiedad intelectual y es un trabajo que se tiene que hacer de aquí en adelante para que los emblemas corrijan sus prácticas comerciales.

En ese punto, además de estar atentos al tipo de nafta que se carga a los vehículos, si es que se detectan irregularidades en la calidad del combustible se puede hacer la denuncia ante la Sedeco al teléfono (+595 21) 52 44 55, al correo Electrónico: reclamos@sedeco.gov.py o escribiendo en la página web.

¿Qué pasa si se constata que una estación de servicio incumple la designación de colores y vende combustible de menor calidad?

También hay casos en los que estaciones de servicio veden combustibles a una menor calidad de la requerida, pero para detectar eso, solo se puede hacer a través de un análisis de laboratorio, mediante un trabajo conjunto de la Sedeco con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

“Lastimosamente nuestra acción es posterior al hecho, pero hay forma de evidenciar que están vendiendo nafta de menor calidad como si tuvieran mayor octanaje”, afirmó.

En cuanto a los emblemas que incumplen la designación cromática, dijo que las sanciones están previstas y que ya están abriendo sumarios administrativos. “Las sanciones van de 20 (G. 1.761.020) a 10.000 (G. 1.601.020.000) jornales mínimos. Estamos viendo para, en estos casos, sancionarles a partir de 500 jornales (G. 40.025.500)”, comentó.

También la Sedeco puede ordenarles que publiquen a sus costas en un medio de gran circulación la sanción aplicada y pedirles que mejoren sus prácticas comerciales.

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