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Acoso laboral: El desafío de animarse a denunciar y no minimizarlo

Desde burlas constantes, comentarios discriminatorios hasta el acoso sexual forman parte de la violencia laboral. Quizás alguna vez fuiste víctima de este tipo de acoso, pero no lo denunciaste por miedo a un despido en represalia o sobrecarga de trabajo, o bien por la normalización de ciertas conductas. En esta nota hablamos de los efectos de este tipo de violencia, los protocolos que se deben aplicar y por qué es bueno que conozcas la figura del retiro justificado.

El trabajo es un lugar en el que una gran cantidad de personas pasa la mayor parte del tiempo, todos los días. Es un sitio, en el cual, normalmente hay interacción con otras personas, pero puede dejar de ser un lugar seguro y convertirse en un entorno hostil cuando existe algún tipo de violencia sistemática y normalizada, ya sea psicológica, física o insinuaciones sexuales.

El subregistro de casos de violencia laboral, no como hechos aislados, sino como un patrón de conducta del clima laboral, es casi imposible de dimensionar porque cuando se trata del trabajo diario hay muchas variables en juego. En ese contexto, es oportuno plantear cómo se debe actuar en estos casos, cuáles son los procedimientos correctos.

La vergüenza y el miedo a denunciar

Los últimos casos de presunto acoso sexual en el entorno laboral que saltaron a la luz pública en las últimas semanas y que generaron una reacción colectiva de repudio a estos hechos y de solidaridad a las víctimas, dan cuenta de que puede pasar en cualquier entorno laboral y lo difícil que es hacer la denuncia.

Una de las mujeres que denunció este acoso sexual en el predio del grupo Albavisión, integrado por varios canales de televisión, dio a Latitud25 su testimonio.

Explicó que la violencia laboral fue una situación constante, sistemática; en algunos casos de forma más disimulada y en otros casos, más directa. Agregó que hubo mucha violencia psicológica, que aguantó, desde el momento en que ingresó al canal.

Incluso relató que en una ocasión, cuando ella estaba emocionalmente vulnerable –debido a la enfermedad de un familiar– esta persona la convocó a su oficina, le habló y abrazó –supuestamente para consolarle–, pero al final le manoseó en las partes íntimas.

“Esa situación fue hace un buen tiempo, yo por la vergüenza y miedo no le conté a nadie. Yo no me sentía bien, después de eso me costó ir a su oficina, cada vez que me llamaba no sabía con qué intenciones. Afecta muchísimo en lo laboral, una se queda con miedo de algún tipo de represalia que él pudo haber tomado, yo traté de huir, después ya no me volvió a convocar, le conté a una compañera que no me gustaba que se acerque a mí, que no me gustaba que me llame a su oficina pero sin entrar en detalles”, agregó.

El miedo de las mujeres fue tal, que algunas ya empezaron a mostrar signos psicológicos, como señales de depresión, por eso desde la misma empresa tomaron la decisión de hurgar y convocaron a un grupo de mujeres. “Entonces empezamos a contar, que muchas de nosotras estábamos soportando situaciones como esas y pedimos que nos garanticen ayuda”, puntualizó.

Finalmente, pidió que los casos de acoso no se minimicen, que se tengan en cuenta todas las denuncias porque resaltó el acoso crea mucho daño en las víctimas y al ambiente laboral. “Sobre todo que los responsables sean castigados”, enfatizó.

¿Qué es acoso laboral?

Jessica Espínola, jefa del Servicio de Atención de Asuntos Laborales y responsable de la Oficina de Atención y Prevención de la Violencia Laboral del Ministerio de Trabajo, explica en detalle cómo identificar y proceder ante situaciones como estas.

En primer lugar, debemos saber que la violencia laboral engloba todo maltrato o discriminación hacia los trabajadores en el ámbito del trabajo. Esta violencia puede ser vertical u horizontal, es decir, puede ser ejercida por un superior o un compañero de igual o mayor jerarquía.

La violencia puede ser física –la más fácil de demostrar–, sexual –que va desde mensajes de texto, hostigamiento, rozamientos excesivos, no consentidos por la víctima hasta pedidos específicos a cambio de chantajes– y finalmente, está la violencia psicológica o mobbing.

Violencia naturalizada

La abogada Espínola, mencionó que uno de los desafíos del Ministerio de Trabajo consiste en hacer que las personas dimensionen lo que les está pasando cuando atraviesan por un acoso, al reconocer que muchos trabajadores naturalizan ciertas formas de violencia en el entorno laboral.

En ese marco, citó algunos ejemplos como descalificaciones humillantes, amenazas constantes, despido durante el embarazo, alusión a la vida privada que nada tenga que ver con el desempeño profesional, imposición de tareas ajenas a las funciones del trabajador –cuando es de manera reiterativa–.

“Entendemos que hay meses más pesados en que ameritan eso, pero si es todo el tiempo, podría ser considerado un tipo de violencia”, agregó.

También mencionó como violencia laboral los servicios laborales fuera de horarios no pactados, cuando niegan los permisos o licencia de maternidad, licencia por enfermedad o vacaciones, de manera injustificada.

“Otro tema muy importante que no es tan conocido son aquellas imposiciones de requisitos para la contratación que tienen que ver con la apariencia personal, o pedidos de pruebas de VIH o de embarazo, porque son requisitos discriminatorios”, explicó.

Pérdidas económicas y desprestigio social

Las consecuencias del acoso laboral no solo afectan al trabajador, sino también al empleador por diferentes razones. Para la persona, víctima de acoso, puede tener consecuencias económicas, a causa de dejar ese empleo, y también psicológicas, afectando directamente el autoestima.

En la empresa, esto produce un malestar entre los trabajadores y hay una notable disminución en la productividad, se desaprovechan las habilidades del profesional, lo que a la vez genera una pérdida económica.

“El punto que creo que afecta a las empresas, es el desprestigio social. ¿Por qué? Porque cuando se viraliza un caso –se compruebe o no esto vía administrativa o judicial–, la empresa ya está afectada, y por supuesto, en la sociedad, porque esto lo que hace es consolidar una discriminación”, explicó la abogada Abg. Jessica Espínola del Ministerio de Trabajo.

No obstante, reconoció que siempre hay temor a denunciar a las empresas por descreimiento en las instituciones o por considerar que esa exposición no favorecerá a la víctima.

Cuando la violencia viene del patrón

Espínola reconoce que cuando el acoso viene del dueño, difícilmente algún departamento, como el de Recursos Humanos, se anime o tenga la competencia para intervenir en ese caso. Entonces se recomienda ir inmediatamente a la oficina de atención y prevención de violencia laboral del Ministerio de Trabajo.

“Acá van a ser asesorados por técnicos especializados en el área, si es necesario vamos a hacer derivaciones al Ministerio de la Mujer –si vemos que necesita apoyo psicológico–, entonces de manera integral va a ser el asesoramiento”, afirma.

Tanto para hombres como mujeres se aplica el mismo protocolo. En ese caso, la estatal debe citar al empleador a una pequeña audiencia. Como está prohibida la mediación para evitar revictimizar al trabajador, tratan de resolver el conflicto si es que se puede por separado y generalmente, en esos casos, se busca la reparación económica para la víctima.

El Retiro Justificado

Desde el Ministerio de Trabajo recomiendan siempre asesorarse antes estos casos, igual si es que el trabajador decidió renunciar porque ya no quiere exponerse al acoso. Esto se debe a que el Código Laboral permite una liquidación por una figura que se llama -retiro justificado-.

“Este retiro no es una renuncia técnicamente, porque con la renuncia el trabajador pierde dinero, cobra solo el salario por días trabajados, aguinaldo proporcional y si quedaron días de vacaciones, no cobra todos los años de servicio que prestó en la empresa y además de quedarse sin trabajo”, detalla.

Por lo general, es muy difícil que la persona permanezca en la empresa cuando el acosador es el dueño o la dueña de la compañía, pero al menos debe existir una indemnización justa.

“Por eso es tan importante que el trabajador, víctima de violencia, antes de abandonar el trabajo se asesore, para que nosotros les podamos explicar las opciones que tiene”, enfatiza.

El Ministerio de Trabajo realiza inspecciones y fiscalizaciones de las empresas en las que se denunció acoso y en el caso del incumplimiento a este protocolo, se aplican multas que van de 10 a 30 jornales por trabajador afectado, lo cual se duplica en caso de reincidencia.

“Todo empleador que cuente con más de 10 trabajadores debe tener un reglamento interno homologado por el Ministerio de Trabajo. En este reglamento, tiene que consignar un procedimiento explícito, las sanciones que se van a aplicar y las medidas para controlar, prevenir y eliminar la violencia, que siempre va a ser el objetivo”, explica.

¿Cuál es el protocolo que se debe aplicar?

En relación al sector privado, hay dos protocolos de actuación. En primer lugar, el protocolo que se debe aplicar cuando el trabajador es acosado por un compañero de igual o mayor jerarquía, pero que no es el dueño de la empresa.

Cuando un trabajador es víctima de acoso, primero debe redactar una nota, hacer una denuncia formal ante el superior de la persona que lo está acosando, con copia a recursos humanos y con copia a los dueños de la empresa.

En un plazo de cinco días desde haber recibido la denuncia, obligatoriamente la empresa debe abrir un sumario para aclarar el hecho.

Esa investigación administrativa puede durar hasta 30 días, mientras tanto, se pueden aplicar medidas de prevención y protección, como por ejemplo, separación de espacios físicos.

“Tras ese tiempo, la finalización del sumario debe ser comunicada al Ministerio de Trabajo. La empresa tiene que tomar las medidas para evitar otros casos. Tiene que dejar un mensaje claro que ningún tipo de violencia laboral es tolerada por la empresa”, resalta.

Si se comprueba la violencia, puede aplicar sanciones disciplinarias que el Código Laboral le permite, puede ser una amonestación por escrito o verbal, una suspensión sin goce de sueldo e incluso el despido de la persona que cometió el acoso.

Dónde denunciar

La oficina de denuncias funciona sobre Alberto Herrera esquina Paraguarí, de lunes a viernes de 7:00 a 15:00 de la tarde, pueden escribirnos un correo a mujer trabajadora o al (021) 729-0100, interno 552 al 553.

“Nosotros no pedimos ningún tipo de pruebas, necesitamos que el trabajador se anime a denunciar (…). Si fue testigo tiene la obligación de denunciar. Hay que ponerse más fuertes y juntar las pruebas, pero entendemos que no todos los trabajadores actúan de la misma manera”, concluyó.

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