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Criminalización de protestas: Apuntan a incoherencias y peligro de selectividad

El proyecto de ley que criminaliza los cierres de ruta genera gran controversia en la discusión de libertades y una vez más se debaten las limitaciones que puede generar a la democracia. Uno de los proyectistas defiende la idea, bajo el argumento de que es constitucional, mientras que por otra parte, cuestionan la iniciativa por incoherencias en la carga de las penas, además de advertir de los riesgos para un país con rasgos autoritarios y con una justicia selectiva.

La Cámara de Senadores dio mesa de entrada a un proyecto de ley que modifica el Código Penal, para criminalizar las manifestaciones y sancionarlas hasta con seis años de cárcel a las personas que cierren rutas como medida de manifestación.

Esta intención levantó las alertas de especialistas y organizaciones de derechos humanos que advierten de la expansión de medidas represivas a las manifestaciones sociales, luego de la modificación de la Ley 3440/2008 del Código Penal Paraguayo, que eleva hasta a diez años las penas por invasión de tierras, promulgada el pasado 30 de septiembre de 2021.

En ese contexto, la abogada especialista en Derechos Humanos, Diana Vargas, hizo un análisis del contexto social, para explicar por qué una ley como la que se fue presentada por los senadores Enrique Riera (ANR), Fidel Zavala (PPQ), Georgia Arrúa (PPQ), Fernando Silva Facetti, entre otros, que criminaliza las manifestaciones en las rutas nacionales, atenta contra las comunidades más vulnerables.

“En Paraguay es uno de los países con más altas desigualdades del mundo. Hay groseros índices de concentración de la tierra, el 98% en manos del 2% de la población, el 70% del trabajo informal, una cultura autoritaria todavía vigente en el relacionamiento con la ciudadanía. Cuesta que sus voces sean oídas, no hay una práctica de diálogo democrática, de acercamiento de las instituciones y de las necesidades y derechos de la ciudadanía”, expresó.

Agregó que estamos muy lejos de tener una democracia sustantiva, donde los derechos consagrados en la Constitución y las leyes son reconocidos y aplicados por las instituciones. Resaltó que ese es el contexto, en el que vive la sociedad paraguaya mayoritaria, que no pertenece a un pequeño grupo privilegiado que sí tiene acceso a derechos por determinadas condiciones históricas.

Aplicación selectiva de las leyes

Vargas afirmó que, en Paraguay, siempre el derecho penal se aplica selectivamente, solamente hacia determinados sectores. Apuntó que eso se ve en las penitenciarías, donde están recluidas en su mayoría personas vulnerables.

“Entonces hay que ser muy cuidadosos cuando apoyamos este tipo de legislación que criminaliza porque sabemos que hay poderosos que ocupan tierras, ocupan espacios públicos, cierran calles, pero como a ellos no les va a tocar, entonces no les importa”, puntualizó.

Riera asegura que se busca “persuadir”, no reprimir

El senador colorado, Enrique Riera, quien también fue proyectista de la ley que criminaliza con 10 años de cárcel la invasión de tierras, dijo en contacto con RadioCast25 que esta nueva protesta operativiza un artículo constitucional que hasta hoy no estaba aclarado en el Código Penal.

Reconoció que el derecho a la manifestación tiene un rango constitucional, sin embargo, insistió que la aplicación de esta penalización es apropiada. “Una fiscala, Cecilia Núñez, de Paraguarí, durante la semana santa dijo que no podía intervenir ni imputar a los que cerraban las rutas porque no estaba en el Código Penal (…) Vos podés manifestarte lo que quieras pero no podés impedir que yo lleve a mis hijos al colegio”, alegó.

Dijo que, solo completaron el inciso 3 del artículo 216 del Código Penal y en ese contexto, hizo una comparación con la ley que criminaliza las invasiones.

“Todos los especialistas dicen que aumentar las penas no disuade el delito, sin embargo, (…) Veníamos con un ritmo de 26 invasiones al mes, una por día casi, y bajamos a cero desde que se promulgó la ley, lo que significa que la ley disuadió. Si no hubiese funcionado las invasiones hubiéramos derogado esa ley. No queremos meter presos a los choferes, queremos que protesten sin afectar a 7 millones paraguayos. Somos parte de las personas que creen que hay que mejorar nuestra democracia”, acotó.

Al preguntarle sobre la fuente de esa información que habla de la reducción de las invasiones de tierra, Riera se limitó a decir que fue un informe de la Policía Nacional al que accedió su colega Fidel Zavala. Sin embargo, algunos activistas en redes sociales le respondieron a Riera y aseguraron que según informes de la propia policía ya suman 56 las denuncias de invasión, desde que se aprobó la ley Zavala-Riera.

“Constitución no permite penalización”

Por su parte, Diana Vargas, dijo que en cuanto a la Constitución Nacional, hay que tener presente que solo se puede reglamentar el ejercicio de la protesta en lugares de tránsito, a qué se refiere, calles y rutas.

“Presentar no significa prohibir o limitar, lo que se puede establecer son reglas, que el derecho a la protesta se desarrolle en determinadas condiciones, para preservar el derecho de terceros y mantener el orden público. No está prohibido manifestarse en lugares de tránsito público, no puede ser sancionado como un crimen o tipo penal grave. La reglamentación es generar condiciones para un derecho específico, no para limitar derechos que ya están consagrados”, recalcó.

En ese punto, también recordó que históricamente los derechos nunca fueron conquistados por medio de una nota con mesa de entrada, tuvieron que ser logrados por medio de la manifestación, exigencias, pateando el tablero.

“Son derechos que están en riesgo siempre, más todavía en un país como el nuestro en que el autoritarismo siempre está presente, siempre tenemos que estar muy alertas cuando se dan estos resurgimientos. Tenemos un Ministerio Público que no actúa con objetividad, lo que hace es criminalizar a todos los sectores que molesten al poder de turno, a la élite a la cual responde, hay que señalar que es peligroso, que tendrá una aplicación selectiva.

Incoherencias en la aplicación de penas

Vargas resaltó que hay una desproporción en la propuesta de pena de cinco años, cuando en ese mismo inciso hay penas que no se exceden de tres años.

“Tenemos que tener coherencia, lo mismo pasó con la invasión de inmuebles. El atropello a domicilio no tiene más de tres años, cuando entran a tu casa sin tu consentimiento, donde vos vivís, pero resulta que como hay terratenientes que le dan mayor valor a la tierra tenés 10 años si entran a un terreno, es una incoherencia”, subrayó.

Finalmente, aseveró que existen tipos penales específicos que protegen solo a determinados sectores.

“La protesta social surge como consecuencia de una crisis, es un mecanismo de lucha justamente porque no son oídos por las autoridades, entonces buscan visibilización, si se hacen en ciertos horarios lo que se busca por medio de la vida reglamentaria, es hacer que tengan menor impacto”, concluyó.

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